Resolución de 6 de marzo de 2013, de la Universidad de Oviedo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan 10 becas de movilidad de estudiantes en el marco del programa de “Becas Iberoamérica-Estudiantes de Grado-Santander Universidades”, curso 2013-2014. [Cód. 2013-04667]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y su modificación dada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, contemplan el establecimiento de una política general de becas, ayudas y créditos a los estudiantes universitarios.

El artículo 3.4 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo contempla la cooperación con instituciones de Educación Superior, tanto nacionales como de otros países. Asimismo, el artículo 173.k) de los mencionados Estatutos contempla el derecho de los estudiantes a participar en acciones de movilidad nacional e internacional a través de los programas de movilidad establecidos.

La Universidad de Oviedo ha suscrito un Convenio con el Banco Santander para el desarrollo del “Programa de Becas Iberoamérica. Estudiantes de Grado. Santander Universidades” para el período 2011-2015 conforme a las bases que se anexan al mismo.

En el marco del citado convenio a la Universidad de Oviedo le han sido adjudicadas 10 becas de movilidad para estudiantes de grado en Universidades que se detallan en anexo II (al menos 5 de los intercambios lo serán con universidades de México de los cuales 2 lo serán con la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla).

En el ámbito de la regulación expuesta, se estima conveniente la tramitación de un expediente para la apertura de convocatoria pública de movilidad de estudiantes, para el curso académico 2013-2014.

Fundamentos de derecho

Primero.—Según lo establecido en el artículo 30 de las bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2013, toda subvención, beca o ayuda para las que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios generales de publicidad, concurrencia y objetividad, según las bases reguladoras de la concesión que se establezcan.

Segundo.—En virtud de lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los actos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para producir efectos jurídicos, las convocatorias de concesión de becas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva.

Tercero.—Vistos la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones; la Resolución de 9 de abril de 2010, de la Universidad de Oviedo, por la que se regula el Régimen de Concesión de Subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo.

Cuarto.—Conforme el art. 23.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General del Subvenciones, podrán incluirse las bases reguladoras en la propia convocatoria en atención a su especificidad, lo que consta justificado en el expediente administrativo.

Quinto.—Visto el artículo 20 f) de las bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2013, en el que se contempla la competencia para autorizar y disponer gastos,

RESUELVO

Primero.—Autorizar un gasto por importe de treinta mil euros (30.000 €), de acuerdo con el siguiente desglose: 2.400,00 € en el ejercicio 2013 y 27.600,00 € en el ejercicio 2014, con cargo a la aplicación 20.02.134B.491.14, del presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2013, o aquella que ampare la convocatoria en el ejercicio 2014, siempre que en la misma exista crédito suficiente y adecuado, entendiéndose en caso contrario revocados aquellos actos adoptados por encima de dicho límite.

Segundo.—Aprobar las bases reguladoras que se incorporan como anexo formando parte de la Resolución, reguladoras de la convocatoria pública para la concesión de 10 becas de movilidad de estudiantes en el marco del programa de “Becas Iberoamérica-Estudiantes de Grado-Santander Universidades”, curso 2013-2014.

Tercero.—Convocar la concesión de dichas subvenciones para financiar la convocatoria pública.

Cuarto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, que entrará en vigor el mismo día de su publicación.

Quinto.—Contra la presente Resolución se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Oviedo, 6 de marzo de 2013.—La Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado.—Cód. 2013-04667.

Anexo I

RESOLUCIÓN DE FECHA 6 DE MARZO DE 2013 PARA LA CONCESIÓN DE 10 BECAS DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE “BECAS IBEROAMÉRICA-ESTUDIANTES DE GRADO-SANTANDER UNIVERSIDADES”, CURSO 2013-2014

Primero.—Finalidad, destinos y duración.

  1. La finalidad de la presente convocatoria es seleccionar a 10 estudiantes de grado/licenciatura de la Universidad de Oviedo para cursar un período de sus estudios en las universidades que se detallan en anexo II (al menos 5 de los intercambios lo serán con universidades de México de los cuales 2 lo serán con la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla).

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