SUBASTA de bienes inmuebles 2005EXP33027157 y otros.

Extracto


SUBASTA de bienes inmuebles 2005EXP33027157 y otros.

N.º expediente ejecutiva: 2005EXP33027157 El Area de Recaudación del Principado de Asturias, Hace saber: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y siguientes del Reglamento General de Recaudación aprobado por el R.D. 939/2005, de 29 de julio, se acuerda la celebración de subasta el próximo día 14 de diciembre de 2006, a las 9.00 horas, en el salón de actos de este Area de Recaudación del Principado de Asturias, sito en la c/ Hermanos Menéndez Pidal, 7-9, de Oviedo, según acuerdo de enajenación de bienes embargados, que se detallan a continuación, de fecha 23-8-2006.

Bienes: Urbana: Casa de Modesta, en c/ Procesión, Tapia de Casariego, consta de planta baja, piso y desván de 79 m2 por planta. Linda: Frente, c/ Procesión; dcha. entrando, casa de Hros. de Calixta Pérez Martínez; Fondo, c/ del Mar; e izda.

entrando, calle que une las dos anteriormente citadas. Previa demolición del edificio descrito se ha construido el siguiente: Edificio de nueva planta, destinado a hostal, está compuesta de planta sótano-semisótano, planta baja-semisótano, planta piso-baja, planta bajo cubierta-piso y planta cubierta-bajo cubierta. Superficie edificada construida 237 m2.

Finca 13864, inscrita al tomo 516, libro 58, folio 194, Ayuntamiento de Tapia de Casariego, Registro de Castropol.

Tipo de subasta en primera licitación: 15.438,35 euros.

En cumplimiento del artículo 101 del citado Reglamento se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta, lo siguiente: Primero.— Que los bienes a enajenar son los que se describen y han sido valorados como a continuación se indica: Lote uno.

Valoración: 15.438,35 euros.

Cargas: Que en certificación de cargas expedida por el Registrador de la Propiedad de Castropol, en fecha 17-8-2006 la finca registral número 13684 figura con las siguientes cargas: — Anotación de hipoteca a favor de Caja de Ahorros de Asturias, según informe de la citada entidad de fecha 5-6-2006, el préstamo garantizado con hipoteca sobre la finca registral 13684, se encuentra en la actualidad contablemente cancelado.

— Anotación de embargo a favor del Principado de Asturias (Servicio Regional de Recaudación), carga que se ejecuta.

Que las cargas y gravámenes anteriores quedarán subsistentes.

Segundo.— Tipos de subasta en la primera licitación: Lote uno: Tipo 1.ª licitación: 15.438,35 euros.

Posturas admisibles: 15.438,35 euros.

Que en el tipo de la subasta no se incluyen los impuestos indirectos que gravan la transmisión de dichos bienes.

Tercero.— Cuando resultare desierta la 1.ª licitación, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación.

Sin embargo y una vez finalizada la 1.ª licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una 2.ª licitación, si lo juzga pertinente, en este caso se admitirán proposiciones que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por ciento del tipo de subasta en 1.ª licitación, que es el siguiente: Lote uno: Tipo 2.ª licitación: 11.578,77 euros.

Posturas admisibles: 11.578,77 euros.

Cuarto.— El valor de las pujas, según el tipo señalado, debe atender a la siguiente escala, advirtiéndose que el valor entre pujas se irá incrementando, cuando como consecuencia de las distintas posturas se pase a un tramo superior de la escala.   (OMITIDO ) Quinto.— Se advierte de la posibilidad de presentar ofertas en sobre cerrado. En éstas, se expresará el precio máximo ofrecido por el licitador por cada lote. Los sobres deberán presentarse en el Registro de esta Area de Recaudación al menos una hora antes de iniciarse la subasta, debiendo indicarse el nombre, apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio, incluyéndose en el sobre el depósito que, como fianza, se refiere el punto sexto, sustituyendo la Mesa a los licitadores y pujando por ellos en la forma prevista al efecto.

Sexto.— Que todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de Subasta, o incluir en el sobre cerrado, en su caso, depósito del 20 por ciento del tipo de subasta, depósito este que se aplicará a la cancelación de la deuda, si por parte del adjudicatario no se hace efectivo el precio de remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio de remate.

Séptimo.— Los licitadores deberán tener capacidad de obrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningún supuesto de impedimento o restricción legal, debiendo identificarse adecuadamente, y con documento que justifique, en su caso, la representación que tengan.

Octavo.— Que la subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se efectúa el pago de la cuantía establecida en el artículo 169.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Noveno.— Que el ...

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