Decreto 11/2001, de 25 de enero, de segunda modificación del Decreto 82/1999, de 11 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Asuntos Sociales.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

Las reformas introducidas, en el ámbito de la justicia de menores, por la Ley Orgánica 5/2000, de 13 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, implican alteraciones sustanciales en las competencias que esta Comunidad Autónoma tiene atribuidas en materia de reforma de menores. La incidencia viene determinada tanto por el intervalo de edad de los destinatarios de la misma, que se ve sensiblemente incrementado en relación con la normativa que la precede, como por las propias funciones cuya ejecución se atribuye, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, a esta Administración autonómica.

En este sentido, el Decreto 82/1999, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Asuntos Sociales, cuya segunda reforma es objeto de la presente norma, atribuye a dicho Departamento funciones en materia de reforma de menores, siendo el Instituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familia y Adolescencia el órgano que, con carácter desconcentrado, asume su gestión.

La sustantividad de las competencias que se asumen aconseja la creación de una unidad administrativa que, integrada en dicho órgano desconcentrado, y con la denominación de Servicio de Responsabilidad Penal de Menores, tenga a su cargo todas aquellas funciones que, relativas a la ejecución de las medidas previstas en la normativa reguladora de la responsabilidad penal de los menores, sean competencia de esta Administración. En su virtud, a propuesta del Consejero de Asuntos Sociales, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, adoptado en su reunión de fecha 25 de enero de 2001, D I S P O N G O Artículo único.- Modificación del Decreto 82/1999, de 11 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Asuntos Sociales.

Se añade al Decreto 82/1999, de 11 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Asuntos Sociales, el artículo 12 con la siguiente redacción: Artículo 12.- Servicio de Responsabilidad Penal de Menores.

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