RESOLUCION de 31 de mayo de 2005, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, por la que se formula la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de instalación del parque eólico ¿Santiso (PE-55)¿, en el concejo de Ibias, promovido por la empresa Endesa Cogeneración y Renovables, S.A. Expediente...

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RESOLUCION de 31 de mayo de 2005, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, por la que se formula la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de instalación del parque eólico ¿Santiso (PE-55)¿, en el concejo de Ibias, promovido por la empresa Endesa Cogeneración y Renovables, S.A. Expediente...

El Principado de Asturias regula el procedimiento para la instalación de parques eólicos mediante el Decreto 13/1999, de 11 de marzo, cuyo artículo 5 establece que “los proyectos de instalaciones de parques eólicos comprendidos dentro del ámbito de dicho Decreto, se someterán a evaluación de impacto ambiental”.

Conforme al artículo 12 del Reglamento citado, la Consejería de Industria y Empleo, sometió el proyecto de instalación del parque eólico, junto a su estudio de impacto ambiental, al trámite de información pública, mediante anuncios que se publicaron en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 8 de febrero de 2003 y en prensa el 25 de enero de 2003. En el transcurso de la información pública no fue presentada ninguna alegación de carácter medioambiental.

Al objeto de que se lleve a efecto la declaración ambiental prevista en el artículo 11 del Decreto 13/1999, esta Consejería, en su calidad de órgano ambiental, recibe con fecha 23 de abril de 2003, el estudio de impacto ambiental, el modificado del estudio de impacto ambiental, la memoria del parque eólico, el anteproyecto y el modificado al anteproyecto de instalación del mencionado parque eólico, que de forma resumida se describe en el anexo número I. Asimismo, se informa que la empresa promotora presentó el 30 de marzo de 2001 un proyecto de parque eólico formado por 41 aerogeneradores de 660 kW de potencia unitaria, con una línea de evacuación de 13 km. entre la subestación del parque eólico “Santiso (PE-55)” y la de “Busbeirón (PE-54)”. Posteriormente se presentó un modificado en el que se reduce el número de aerogeneradores de 41 a 25, aumentando la potencia unitaria a 2.000 kV, planteando una línea de evacuación de carácter interprovincial que partiendo de la subestación del PE-55 discurriría por Asturias y Lugo, correspondiendo su tramitación, según la legislación vigente en la materia, a la D.G. de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Posteriormente, en fecha 3 de marzo de 2004 y 5 de julio de 2004 la empresa presenta documentación complementaria, ...

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