Resolución de 19 de marzo de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se autoriza instalación eléctrica. Expte. AT-10440. 

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente AT-10440, incoado en esta Consejería solicitando autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica.

Vistos la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y cumplidos los trámites previstos en el Reglamento de Líneas de Alta Tensión, aprobado por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo en el expediente AT-10440 incoado en esta Consejería.

Siendo esta Consejería competente para conocer el presente expediente en virtud de las atribuciones que en esta materia le vienen conferidas por el Ordenamiento jurídico vigente; Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, L.O. 7/81, reformado por la L.O 1/94 y 1/99; y teniendo en cuenta que mediante Resolución de 14 de agosto de 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, se delega en el titular de la Dirección General la competencia para resolver el referido expediente, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Se otorga la autorización administrativa previa de la siguiente instalación eléctrica:

Solicitante: Viesgo Distribución Eléctrica, S.L.

Instalación: Cambio de tensión de 10 a 20 kV de la línea aérea de alta tensión existente (expte. 38054), denominada La Montaña en el siguiente tramo:

• Tramo entre Siñeriz y Concernoso (A54823-A59709), sobre apoyos metálicos, con 1.562 metros de longitud.

Emplazamiento: Entre las localidades de Siñeriz y Concernoso, concejo de Valdés.

Objeto: Aumentar la capacidad de la línea.

Presupuesto: 876,74 €.

Segundo.—Se otorga la autorización administrativa de construcción de la instalación reseñada.

Tercero.—La instalación deberá cumplir las condiciones especiales siguientes:

  1. Ha de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustará estrictamente a los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión que le sean de aplicación.

  2. Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de un certificado de final de obra suscrito por un técnico facultativo competente en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica...

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