Resolución de 16 de mayo de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se designan los componentes de la Comisión que ha de estudiar y valorar las solicitudes de subvenciones para proyectos de actividades culturales de interés regional y acciones de formación y movilidad promovidos por particulares, fundaciones y asociaciones. 

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Examinado el expediente en materia de subvenciones para proyectos de actividades culturales de interés regional y acciones de formación y movilidad promovidos por particulares, fundaciones y asociaciones, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 15 de marzo de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura (cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 75 de 2 de abril de 2018), se aprobó la convocatoria de subvenciones para proyectos de actividades culturales de interés regional y acciones de formación y movilidad promovidos por particulares, fundaciones y asociaciones.

Segundo.—Para la resolución de los expedientes de la citada convocatoria, se hace preciso que, conforme a lo dispuesto en la Base IX de las reguladoras que rigen en la mencionada convocatoria, aprobadas por Resolución 29 de mayo de 2017, de la Consejería de Educación y Cultura (BOPA n.º 127 de 3 de junio de 2017), se designe una comisión de valoración de las solicitudes.

Tercero.—De conformidad a la citada Base IX, la Presidencia recaerá en la personal titular de la Consejería competente en materia de cultura, pudiendo delegarse en el Viceconsejero o Director General competente por razón de la materia.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración y el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, en cuanto a las competencias y facultades para dictar la presente resolución.

Segundo.—El artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 7, párrafo 1.º, apartado e) del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero por el que se regula el Régimen General de Concesión de subvenciones, en lo que se refiere al órgano que ha de proponer la concesión y/o denegación de las subvenciones.

Tercero.—De conformidad con la Base IX de las reguladoras de este tipo de ayudas, la Consejería de Educación y Cultura designará una Comisión de Evaluación que estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisión estará presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de cultura, pudiendo delegarse en el Viceconsejero o Director General competente por razón de la materia, e integrada por un número mínimo de 2 y máximo de 4 personas adscritas a la Consejería...

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