Resolución de 14 de mayo de 2018, de la Gerencia del Área Sanitaria IV del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se efectúa convocatoria pública para la cobertura del puesto de Jefe/a de Sección de Neurocirugía Craneoespinal Vascular, Neuroendocrina y Oncológica, en el Servicio de Neurocirugía del Área Sanitaria IV. 

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 87/2014, de 8 de octubre, por el que se regulan los sistemas de provisión de puestos singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias, esta Gerencia procede a efectuar la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes:

BASES

Primera.—Puesto objeto de provisión.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por el procedimiento de concurso específico de méritos, del puesto de Jefe/a de Sección de Neurocirugía Craneoespinal vascular, Neuroendocrina y Oncológica, en el Servicio de Neurocirugía, vacante en la plantilla orgánica del Área Sanitaria IV, de naturaleza estatutaria, nivel de Complemento de Destino 26.

Segunda.—Perfil profesional para el desempeño del puesto.

El perfil del aspirante se corresponde con un profesional médico de la especialidad referida, con acreditada experiencia profesional en el ámbito asistencial y con un conocimiento exhaustivo del sistema sanitario público y de su organización, orientando su actuación a criterios de eficacia, eficiencia y servicio público. Asimismo, debe poseer experiencia de trabajo en equipo, en resolución de conflictos personales, en gestión clínica, aplicando metodología de trabajo con objetivos de calidad total, experiencia de dominio de las técnicas de comunicación, tanto interna como externa, experiencias de implementación de políticas de mejora orientadas al ciudadano con un enfoque ético, y un profundo conocimiento de la normativa vigente en materia de ordenación de la asistencia sanitaria pública en Asturias.

Por otra parte, deberá acreditar formación específica y experiencia profesional suficiente para la asistencia a: pacientes oncológicos, patología infantil, patología vascular, hipotálamo hipofisario, malformaciones craneales congénitas o adquiridas y patología raquídea y de la médula espinal.

Tercera.—Requisitos de los solicitantes.

  1. Serán requisitos necesarios para la admisión como aspirante a la convocatoria:

    1. Estar en posesión del Título de Licenciado o Doctor en Medicina y Cirugía y del Título de la Especialidad de Neurocirugía.

    2. Tener la condición de personal estatutario con plaza en propiedad, en la citada categoría y especialidad, en el Sistema Nacional de Salud, en situación de servicio activo, o bien ser titular de plaza vinculada en la citada categoría y especialidad, en situación de servicio activo.

    3. Requisitos de exigencia general: Los de nacionalidad, capacidad funcional, edad, no separación del servicio por sanción disciplinaria ni inhabilitación, previstos en el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de conformidad con lo establecido en el art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.

  2. Los requisitos en este apartado habrán de reunirse a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

  3. La comprobación posterior del incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados, dará lugar, por resolución motivada, a la exclusión del aspirante o, en su caso, a la revocación de la adjudicación y nombramiento que se hubiesen efectuado.

    Cuarta.—Características y funciones del puesto de trabajo y ámbito de actuación.

  4. El seleccionado será el responsable administrativo y funcional de la Sección, ejerciendo la función rectora y de coordinación de la actividad del personal adscrito, que garantice una adecuada asistencia integral y una atención en las mejores condiciones y en el menor tiempo posible, utilizando de forma segura y eficiente los medios diagnósticos y terapéuticos a su alcance.

  5. Impulsará políticas de calidad asistencial, colaborando con la Jefatura del Servicio en la definición de los objetivos.

  6. El ámbito fundamental de actuación será la atención de la salud y el bienestar del ciudadano, entendiendo esta disposición en el objetivo de comprensión, respuesta y anticipación a las expectativas del mismo, adaptando la actividad para la mejor satisfacción de sus necesidades y el desarrollo de mejoras que aporten valor con la garantía de eficacia y servicio público.

  7. Además de las funciones asistenciales que tenga asignadas, las funciones del puesto serán, entre otras:

    —Establecer y administrar procedimientos y normas de funcionamiento relativos a la asistencia integral de los pacientes que aseguren la atención y el seguimiento personalizados conforme al buen hacer clínico, fomentando la continuidad asistencial.

    —Promover la mejora continua de la calidad de la práctica asistencial aplicando estándares, fomentando la formación continua, evaluando actividad y resultados mediante el benchmarking, favoreciendo la gestión por procesos y la evaluación sistemática de la mejor evidencia disponible.

    —Dirigir los recursos humanos directamente asignados, distribuyendo...

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