Extracto
Resolución de 4 de marzo de 2008, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por nacimiento o adopción de hijos.
La Ley 35/2007, de 15 de noviembre, por la que se establece la deducción por nacimiento o adopción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción introduce una nueva deducción fiscal en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y una nueva prestación no contributiva de la Seguridad Social por el nacimiento o la adopción de hijos.
En este contexto, el Principado de Asturias, en desarrollo de su política de apoyo a las familias, ha considerado de interés incrementar la ayuda estatal mediante la concesión de ayudas a las familias asturianas con independencia de su renta, tamaño o estructura.Fundamentos jurídicosVistos el artículo 21 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 71/1992, de 2...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 35
- Constitución Española de 1978.
- LEY ORGÁNICA 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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