Resolución de 13 de diciembre de 2013, del Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), por la que conceden, desestiman y desisten subvenciones tramitadas al amparo de la Resolución de 3 de junio de 2013, del IDEPA, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a proyectos de inversión empresarial en el ámbito del Principado de Asturias para el año 2013. [Cód. 2013-23122]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 27 de abril de 2011, de la Consejería de Industria y Empleo, se establecen las bases reguladoras de ayudas a Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias que fueron modificadas por Resolución de 30 de mayo de 2013.

Segundo.—Por Resolución de 3 de junio de 2013, del IDEPA, se aprueba la convocatoria única para la concesión de subvenciones para Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias, para el ejercicio 2013.

La cuantía total máxima autorizada para financiar la convocatoria para la concesión de subvenciones para el ejercicio 2013, es de 3.500.000 €, cuantía que ha sido autorizada con cargo al vigente presupuesto del IDEPA, en el Consejo de Gobierno celebrado el 29 de mayo de 2013.

Tercero.—Que la Comisión de Evaluación, prevista en la base reguladora séptima, constituida al efecto el 15 de noviembre de 2013, valora las solicitudes presentadas a la convocatoria para la concesión de subvenciones para Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias, para el ejercicio 2013.

Cuarto.—Que la Comisión de Evaluación formula propuesta favorable de concesión de subvención a las solicitudes enumeradas en el anexo I siendo la cantidad de ayuda total propuesta de 4.116.731,75 €.

Quinto.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2 del R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Base Tercera de la Resolución de 3 de junio de 2013 del IDEPA excepcionalmente, podrá fijarse una cuantía adicional por importe, con carácter estimativo de 1.000.000 euros, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de la aprobación de una nueva convocatoria, cuando se hayan reconocido o liquidado obligaciones derivadas de convocatorias anteriores por importe inferior a la subvención concedida, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios o bien cuando se hubiese incrementado el importe del crédito presupuestario como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito. Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 4 de diciembre, se autoriza un gasto adicional por importe de 616.731,75 €. En el mismo Consejo se acuerda una propuesta de aprobación en relación a los solicitudes con propuesta favorable por importe superior a 300.000 €, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.6 de la Ley 3/2012, de 28 de diciembre de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2013 para: Esal Rod Alloys, S.A. (IDE/2013/000094), Felguera Calderería Pesada, S.A. (IDE/2013/000173), Asturcopper, S.L.U. (IDE/2013/000438), Grúas Sertiber, S.L. (IDE/2013/000444), Gonvauto Asturias (IDE/2013/000482).

El 12 de diciembre de 2013, se publica en el BOPA el crédito disponible para Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias, para el ejercicio 2013.

Sexto.—Que la Comisión de Evaluación formula propuesta para desestimar las solicitudes enumeradas en el anexo II por los motivos que se señalan en el mismo.

Séptimo.—Que se declaran desistidas las solicitudes enumeradas en el anexo III, por los motivos que se señalan.

Fundamentos de derecho

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley del Principado de Asturias, 2/2002, de 12 de abril, del IDEPA, el Presidente de este organismo será el titular de la Consejería competente en materia de promoción económica e industrial; Decreto 5/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se nombra Consejero de Economía y Empleo, a D. Graciano Torre González; la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones en el Principado de Asturias; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; Resolución de 27 de abril de 2011, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias, modificada por otra de 30 de mayo de 2013; y Resolución de 3 de junio de 2013, del IDEPA, se aprueba la convocatoria única para la concesión de subvenciones para Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias, para el ejercicio 2013.

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Conceder con cargo al presupuesto del IDEPA, subvención a fondo perdido a las empresas y por la cuantía que se relacionan en el anexo I.

Segundo.—Los criterios objetivos que han servido de base a la concesión son los determinados en la base octava de la Resolución de 27 de abril de 2011 modificado por Resolución de 30 de mayo de 2013, y en el resuelvo décimo de la Resolución de 3 de junio de 2013.

Tercero.—El beneficiario deberá realizar el proyecto en el período comprendido entre la fecha de la primera solicitud de ayuda y el 30 de septiembre de 2015.

Cuarto.—La presentación de la documentación acreditativa, deberá realizarse en un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR