Resolución de 27 de marzo de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Organizaciones no Gubernamentales con destino a la realización de proyectos de cooperación al desarrollo, acción humanitaria y educación para el desarrollo y sensibilización.

Extracto


Resolución de 27 de marzo de 2009, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Organizaciones no Gubernamentales con destino a la realización de proyectos de cooperación al desarrollo, acción humanitaria y educación para el desarrollo y sensibilización.

ANTECEDENTES

El Principado de Asturias, a través de la Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo adscrita a la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, consciente del papel que han de desempeñar las Administraciones Públicas en materia de cooperación para el desarrollo, viene contribuyendo desde el año 1990 a paliar, en la medida de lo posible, el desequilibrio territorial existente en el mundo, impulsando procesos de desarrollo que atiendan a la defensa y protección de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, las necesidades de bienestar económico y social, la sostenibilidad y regeneración del medio ambiente en los países que tienen elevados niveles de pobreza y en aquellos que se encuentran en transición hacia la plena consolidación de sus instituciones democráticas y su inserción en la economía internacional, procesos que, en definitiva, promuevan una vida acorde con la dignidad de la persona, en aras de la consecución de la justicia social.

En uso de las atribuciones que tiene conferidas mediante Decreto 204/2003, de de 2 de octubre, la Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo, ha elaborado proyecto de bases reguladoras de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales destinadas a la realización de proyectos de cooperación al desarrollo, acción humanitaria y educación para el desarrollo y sensibilización.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Vistos el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, los artículos 21 y 32 a 34 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; los artículos 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 71/92, modificado por el Decreto 14/2000, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias; el Decreto 34/2008, de 26 de noviembre, del Presidente del Principado, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma; el Decreto 124/2008, de 27 de noviembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda y demás disposiciones de general aplicación.

En su virtud, previa fiscalización favorable, se propone la adopción de la oportuna resolución:

Primero.-Aprobar las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Organizaciones No Gubernamentales destinadas a la realización de proyectos de cooperación al desarrollo, acción humanitaria y educación para el desarrollo y sensibilización.

Segundo.-Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 27 de marzo de 20...

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