Extracto de la Resolución de 19 de abril de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el fomento del empleo autónomo durante el primer año de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (tarifa mixta). 

SecciónOtras Disposiciones

BDNS(Identif.): 395068

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero.—Beneficiarios.

Trabajadores autónomos, que hayan causado alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, dentro del período comprendido entre el 1 de febrero de 2017 y 31 de diciembre de 2017, y reúnan los requisitos siguientes:

  1. —Estar acogido o haber estado acogido, al beneficio de reducción de cuotas de cotización a la Seguridad Social por la base mínima de cotización, previsto en el citado artículo 31.1, párrafo primero, de la Ley 20/2007.

  2. —Estar en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, desde que se obtiene el beneficio anterior de reducción de cuotas, hasta el momento de presentación de la solicitud de ayuda.

  3. —Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

  4. —Desarrollar la actividad y tener el domicilio fiscal en el Principado de Asturias.

Segundo.—Objeto.

Estas subvenciones tienen por objeto favorecer en el Principado de Asturias, la creación de empleo promocionando la incorporación de personas al Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y su permanencia durante el período de 12 meses consecutivos, a contar desde la fecha de efectos del alta en dicho régimen

Tercero.—Bases reguladoras.

Bases reguladores aprobadas por Resolución de 31 de mayo de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo (BOPA núm. 128 de 5 de junio de 2017).

Cuarto.—Cuantía.

La cuantía de la subvención será hasta un máximo de seiscientos euros (600,00 €), para cada beneficiario.

Si el crédito disponible no permitiera la...

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