Resolución de 4 de abril de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los programas de ayuda a la gestión tributaria del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias. [Cód. 2011-08576]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

El impulso en el empleo y aplicación de las técnicas y medios informáticos y telemáticos en la actividad administrativa se incluyó de forma novedosa en el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para permitir que los ciudadanos pudieran relacionarse con la Administración para ejercer sus derechos a través de técnicas y medios informáticos cuando fuese compatible con los medios técnicos de que dispongan. El apartado 4 del mismo precepto dispone que los programas y aplicaciones electrónicos, informáticos y telemáticos que vayan a ser utilizados por las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus potestades, habrán de ser previamente aprobados por el órgano competente, quien deberá difundir públicamente sus características.

En el ámbito tributario, también la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, otorgó mucha importancia al empleo y aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por la Administración tributaria para el desarrollo de su actividad y sus relaciones con los contribuyentes, con fijación de los principales supuestos en que cabe su utilización, con una amplia habilitación reglamentaria. Dicha norma también establece que los programas y aplicaciones electrónicos, informáticos y telemáticos que vayan a ser utilizados para el ejercicio de sus potestades, habrán de ser previamente aprobados por el órgano competente, que deberá difundir públicamente sus características.

Desde entonces los avances tecnológicos han sido imparables así como también lo ha sido el incremento constante en el uso de ordenadores personales y en el uso de la red por los particulares, por lo que la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, da un paso adicional al configurar como una obligación para las Administraciones Públicas, el derecho de los ciudadanos a comunicarse con éstas por medios electrónicos.

El Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, es creado por la Ley del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de diciembre, de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2003, como organización administrativa responsable, en nombre y por cuenta del Principado de Asturias, de la aplicación efectiva del sistema tributario de la Comunidad Autónoma y de aquellos recursos de otras Administraciones y entidades...

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