Decreto 90/2014, de 22 de octubre, por el que se regula el Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias. [Cód. 2014-18053]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, establece el marco jurídico para eliminar las trabas injustificadas o desproporcionadas al acceso y ejercicio de una actividad de servicios, siendo el fin perseguido evitar los obstáculos que se oponen a la libertad de establecimiento de las entidades o personas prestadoras en los Estados miembros y a la libre circulación de servicios entre los mismos, así como garantizar, tanto a las personas destinatarias como a las personas o entidades prestadoras de servicios, la seguridad jurídica necesaria para el ejercicio efectivo de estas dos libertades fundamentales.

A tal efecto han sido aprobadas en el ámbito estatal la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y la Ley 1/2010, de 1 de marzo, de Reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

En el ámbito de esta Comunidad Autónoma, la Ley del Principado de Asturias 9/2010, de 17 de diciembre, de Comercio Interior, inspirada en los principios desarrollados en la citada Directiva, en su artículo 12 ha establecido una nueva regulación del Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias, eliminando la obligatoriedad de inscripción previa en dicho registro para poder ejercer la actividad comercial que estableció el Decreto 137/2006, de 28 de diciembre, regulador del mismo.

Procede, pues, adaptar la regulación del registro a la ley vigente, que sustituye la previa inscripción como requisito para el ejercicio de la actividad comercial, por una comunicación del inicio y la finalización de la actividad comercial, así como las eventuales modificaciones, en un plazo máximo de tres meses desde que se produjo el hecho causante.

Considerando que esta adaptación implica la introducción de una nueva sistemática así como la modificación de un notable número de preceptos y la sustitución de numerosas remisiones a disposiciones que se encuentran derogadas en la actualidad, por razones de técnica normativa y con la finalidad de disponer de un solo texto regulador en la materia que facilite su conocimiento, se ha optado por redactar un nuevo decreto que sustituya al anterior.

El Consejo Asesor de Comercio del Principado de Asturias ha informado el presente Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 9/2010, de 17 de diciembre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, de acuerdo con el Consejo Consultivo del Principado de Asturias, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de octubre de 2014,

DISPONGO

Artículo 1 —Objeto

Este decreto tiene por objeto la regulación del Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias (en adelante REAC).

Artículo 2 —Naturaleza y fines del Registro
  1. El REAC tiene carácter público y naturaleza administrativa y la inscripción en el mismo es gratuita.

  2. Son fines del REAC:

  1. Disponer de los datos necesarios para el conocimiento y evaluación de las estructuras comerciales, así como de un censo de todas las empresas...

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