Decreto 6/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma. [Cód. 2015-12563]
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración, dispone en su artículo 8 que la creación, modificación y supresión de las Consejerías que integran la Administración del Principado de Asturias se establecerá por Decreto del Presidente del Principado de Asturias.
Para la adecuada ejecución del programa de gobierno y al objeto de conseguir la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración del Principado de Asturias, se considera necesario reestructurar las Consejerías que la integran.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.1 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, y del artículo 8 de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración, por medio del presente,
DISPONGO
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La Administración del Principado de Asturias se estructura en las siguientes Consejerías:
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Presidencia y Participación Ciudadana.
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Hacienda y Sector Público.
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Empleo, Industria y Turismo.
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Educación y Cultura.
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Servicios y Derechos Sociales.
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Sanidad.
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Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
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Desarrollo Rural y Recursos Naturales.
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Como consecuencia de la organización establecida en el apartado anterior y sin perjuicio de las precisiones y reajustes que, en su momento, establezcan los respectivos Decretos de estructura orgánica, se atribuyen a las Consejerías mencionadas las materias competenciales que seguidamente se señalan:
Corresponden a la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana las funciones y competencias actualmente atribuidas a la Consejería de Presidencia y...
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