Decreto 6/2015, de 28 de enero, por el que se suprime el Colegio Público “Mántaras”, de la localidad de Mántaras-Tapia de Casariego. [Cód. 2015-02129]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, establece en su artículo 18.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Española y leyes orgánicas que, conforme al artículo 81.1 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30 de la Constitución Española y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, correspondiendo a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, la planificación de la red de centros educativos, según lo dispuesto en el Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto 74/2012, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, señala que la prestación del servicio público de la educación se realizará a través de los centros públicos y privados concertados, los cuales orientarán su actividad a la consecución de los principios y fines de la educación establecidos en la citada ley. Además, en la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación y los derechos individuales de alumnos, padres y tutores. Asimismo, la Administración educativa ha tenido en cuenta las consignaciones presupuestarias existentes y los principios de economía y eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

Por Decreto 68/2005, de 16 de junio, por el que se suprime el Colegio Rural Agrupado de Castropol y se crean el Colegio Rural Agrupado Tapia–Castropol y...

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