Decreto 36/2015, de 12 de mayo, disponiendo la aceptación de la cesión gratuita de los bienes del Centro Asturiano de Miranda de Ebro, tras su acuerdo de disolución (CA 01/15). [Cód. 2015-09065]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Centro Asturiano de Miranda de Ebro, en reunión de su Junta General Extraordinaria, celebrada el 18 de octubre de 2014, acuerda la disolución de la asociación y dispone en sus puntos 1.º y 2.º, en aplicación de los artículos 60 y 61 de sus Estatutos, aprobados el 11 de mayo de 1995, que una vez abonadas las deudas sociales, cuantos bienes quedasen, pasarán a ser propiedad del Principado de Asturias al que comunicarán la decisión de disolución y las deudas sociales, a los efectos procedentes.

El Presidente del Centro Asturiano de Miranda de Ebro comunicó a la Dirección General de Emigración, adscrita a la Consejería de Presidencia, el 23 de octubre de 2014, la disolución de la asociación, acompañando documentación relativa al proceso de disolución y liquidación de sus deudas.

El artículo 26 de la Ley de Patrimonio del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, preceptúa que las adquisiciones de bienes por el Principado, a título de donación, no se producirán sino en virtud de Decreto, acordado en Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Sector Público, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 12 de mayo de 2015,

DISPONGO

Primero.—Aceptar la cesión gratuita de los bienes propiedad del Centro Asturiano de Miranda de Ebro que, tras su acuerdo de disolución y una vez abonadas sus deudas, lo constituyen los siguientes:

  1. —Urbana: Local comercial de la planta baja, derecha entrando al portal, de la casa número ciento veinte de la calle Arenal, con su sótano debajo de la misma. Mide la planta baja cuarenta y dos metros y ochenta y siete decímetros cuadrados y el sótano ochenta y cuatro metros y quince decímetros cuadrados, ambas superficies construidas. Linda: al frente, con la calle del Arenal y con la caja de la escalera y ascensor de la casa número ciento veinte; derecha entrando, con el local comercial segundo de la derecha entrando al portal, elemento independiente número uno C-1...

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