Decreto 168/2015, de 30 de septiembre, de segunda modificación del Decreto 24/2012, de 15 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia. [Cód. 2015-14766]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Academia Asturiana de Jurisprudencia fue reconocida por Real Decreto 1827/1977, de 10 de junio, con ámbito de actuación en la provincia de Oviedo, procediendo a aprobarse sus estatutos.

Asumida la competencia en materia de Academias con domicilio social en el Principado de Asturias por el artículo 10.1.19 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, la citada Academia fue objeto de inscripción mediante Resolución de 19 de junio de 1998 de la Consejería de Cooperación, en el Registro de Academias creado por la Ley del Principado de Asturias 5/1997, de 18 de diciembre, de Academias.

Sus estatutos fueron objeto de reforma y posterior aprobación en virtud del Decreto 24/2012, de 15 de marzo.

Posteriormente, el 23 de mayo de 2013 S.M. el Rey otorgó el título de Real a la Academia Asturiana de Jurisprudencia, lo que ha motivado la necesidad de adecuar los estatutos a la nueva denominación a instancia de la propia Academia en la Junta General Extraordinaria de Académicos de número celebrada el 30 de septiembre de 2010, lo que motivó una primera modificación estatutaria aprobada por el Decreto 96/2013, de 6 de noviembre.

Incorporada la Academia al Instituto de España en calidad de asociada, procede adecuar los estatutos de aquella a la nueva situación, de acuerdo con la solicitud formulada por los órganos competentes de la misma.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Sector Público y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 30 de septiembre de 2015,

DISPONGO

Artículo único Modificación del Decreto 24/2012, de 15 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia.

El Decreto 24/2012, de 15 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia, queda modificado como sigue:

Uno. Se añade un inciso final al tercer párrafo del preámbulo, con el siguiente tenor:

Posteriormente, la Junta Rectora del Instituto de España acordó por unanimidad, el 24 de septiembre de 2013, incorporar al mismo, con el carácter de asociada, a la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia. Finalmente, desde el 22 de noviembre...

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