Decreto 158/2015, de 3 de septiembre, por el que se regula la estructura, régimen interior y funcionamiento de la Agencia Asturiana de Transportes y Movilidad. [Cód. 2015-13749]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Decreto 68/2015, de 13 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente configura, en sus artículos 1b) y 12, como órgano desconcentrado de la Consejería, dependiente de la Dirección General de Infraestructuras y Transportes, la Agencia Asturiana de Transportes y Movilidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones derivadas de las competencias propias o delegadas de la comunidad autónoma en materia de transporte mecánico por carretera de viajeros incluida la gestión del transporte escolar, mercancías y mixtos, así como de las actividades auxiliares de estos transportes y las funciones de policía administrativa sobre dichas materias.

Con la estructura orgánica de la Consejería se ha apostado por garantizar la interacción entre las infraestructuras físicas de comunicación y los desplazamientos por los diferentes modos de las personas o mercancías a las que sirven, aspirando a lograr así una mayor eficacia en el impulso a la intermodalidad. Ese objetivo debe convivir con el reconocimiento de una entidad singular y diferenciada a la política de transportes, que desde la citada apuesta por la intermodalidad, haga valer su especial relevancia como sector económico, así como su contribución a la calidad de vida de los ciudadanos y a la competitividad del territorio. Con esa finalidad se plantea la creación de una Agencia Asturiana de Transportes y Movilidad.

El citado Decreto 68/2015, de 13 de agosto, dispone que la naturaleza jurídica de la Agencia es la establecida en el artículo 13 de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración y que su estructura, régimen interior y funcionamiento será la establecida en sus normas de organización y funcionamiento.

En aplicación de dicho artículo 13 la regulación de la estructura, régimen interior y funcionamiento de la Agencia debe adoptar la forma de decreto.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 3 de septiembre de 2015,

DISPONGO

Artículo 1 —Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular...

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