Resolución de 14 de junio de 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se ordena la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa Compañía de Bebidas Pepsico, S.A., en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral.

Abogados Mercantil y de la Empresa

Extracto


Resolución de 14 de junio de 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se ordena la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa Compañía de Bebidas Pepsico, S.A., en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral.

Código: 3301032.

Expediente: C-25/00.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa Compañía de Bebidas Pepsico, S.A., recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral el 9 de junio de 2000, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el día 25 de mayo de 2000, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 6 de marzo de 2000, por la que se delegan competencias de la titular de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la presente, RESUELVO Primero.¿ Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.¿ Disponer su publicación en el Boletin Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 14 de junio de 2000.¿El Director General de Trabajo y Seguridad Laboral (P.D. autorizada en Resolución de 6 de marzo de 2000, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 22 de marzo 2000).

En Gijón, a 25 de mayo de 2000, Se reúnen: ¿ Don Félix Arboleya Sánchez.

¿ Don José Manuel Fernández Díaz.

¿ Don Vidal Martín Rivero.

¿ Don Efrén Montes Coto.

¿ Don José Luis Sánchez Gómez.

Todos ellos componentes de la comisión deliberadora por parte social del convenio de empresa en representación de los trabajadores.

¿ Don José Luis Ojea Alvarellos.

¿ Don Gonzalo Castaño Montero.

¿ Don Angel Ruiz López.

Como representantes legales de la empresa.

Ambas partes, en la representación que ostentan, que mutuamente se reconocen y después de las correspondientes deliberaciones, acuerdan establecer un convenio de empresa, con arreglo a las siguientes estipulaciones.

CONVENIO DE EMPRESA, AÑOS 1999/2002 COMPAÑIA DE BEBIDAS PEPSICO, S.A., GIJON Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1.¿ Ambito funcional y territorial.

El presente convenio será aplicable al centro de trabajo que ...

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