Resolución de 10 de diciembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de ampliación de la Fábrica de Producción de Celulosa Blanqueada, promovida por la empresa Celulosas de Asturias, S.A., en Navia. N.º de expediente AAI-039/06-01/07; IA-IA-0026/07.

BOPA, 8 de Enero de 2009I - Principado de Asturias › Consejeria de Medio Ambiente, Ordenacion del Territorio e Infraestructuras

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Resolución de 10 de diciembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de ampliación de la Fábrica de Producción de Celulosa Blanqueada, promovida por la empresa Celulosas de Asturias, S.A., en Navia. N.º de expediente AAI-039/06-01/07; IA-IA-0026/07.

Con relación a la solicitud de Autorización Ambiental Integrada presentada por la empresa Celulosas de Asturias, S.A., para la modificación de la instalación existente de su titularidad, Fábrica de Producción de Celulosa Blanqueada, ubicada en Armental, término municipal de Navia, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-La empresa Celulosas de Asturias, S.A., con CIF número A-78380748 y domicilio social en c/ Armental, s/n, 33710, Navia, es titular de una instalación industrial existente denominada Fábrica de Producción de Celulosa Blanqueada, ubicada en Armental, término municipal de Navia. La citada instalación industrial cuenta con Autorización Ambiental Integrada otorgada por Resolución, de 14 de marzo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

En fecha 3 de diciembre de 2007, Celulosas de Asturias, S.A., presenta, ante la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, solicitud para la Evaluación del Impacto Ambiental y el otorgamiento de la Autorización Ambiental Integrada de una modificación de la instalación, consistente en la ampliación de la capacidad de producción a 500.000 ADt, en la fábrica de producción de celulosa blanqueada situada en Armental, término municipal de Navia.

La documentación técnica que obra en el expediente, así como las características de la instalación se resumen en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.-El expediente se somete a información pública, mediante inserción del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias, de fecha 5 de febrero de 2008, durante el plazo de treinta días. Esta información pública responde al mandato del artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

En el anexo II de la presente Resolución figura un resumen del resultado del trámite de información pública practicado.

Tercero.-Concluido el período de información pública, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, con fecha 24 de marzo de 2008 se remitió al Ayuntamiento de Navia copia del expediente solicitando el informe preceptivo sobre la adecuación de la instalación a todos aquellos aspectos de competencia municipal.

El Ayuntamiento de Navia no emitió el informe correspondiente.

Cuarto.-Una vez incorporados al expediente los informes técnicos de esta Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, en materia de impacto ambiental, calidad del aire, calidad del agua, residuos y ruido, se procedió a realizar una Evaluación Ambiental del proyecto en su conjunto.

Quinto.-La Evaluación Ambiental del proyecto en su conjunto fue informada favorablemente por la Comisión de Asuntos Medioambientales de Asturias, en su sesión de 18 de julio de 2008, de conformidad con las facultades atribuidas por el Decreto 10/2004, de 5 de febrero, segunda modificación del Decreto 10/1992, de 7 de febrero, por el que se crea la Comisión para Asuntos Medioambientales.

Sexto.-De acuerdo con lo estipulado en el artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, en fecha 22 de julio de 2008, se procedió a dar trámite de audiencia a los interesados, Celulosas de Asturias, S.A., Ayuntamiento de Navia y Coordinadora Ecologista d´Asturies.

Dentro de este trámite únicamente se recibe contestación, en fecha 6 de agosto de 2008, del titular de la instalación, conteniendo una serie de alegaciones que posteriormente en fecha 17 de octubre han sido completadas. Las observaciones formuladas han sido adecuadamente analizados y tomados en consideración por los Servicios técnicos del Órgano ambiental del Principado de Asturias, dando lugar a los condicionamientos y prescripciones que, en cumplimiento de la normativa sectorial aplicable, se incluyen en la presente Resolución.

Fundamentos de derecho

Primero.-A la instalación industrial de referencia le es de aplicación la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, por realizar una actividad incluida en el anejo 1 de dicha Ley, en el grupo 5 epígrafe f) "Producción de pasta de papel a partir de madera o de otras materias fibrosas similares", quedando sometida por tanto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Segundo.-A la instalación industrial de referencia le es de ap...

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