Edicto. Procedimiento ordinario 432/2012. [Cód. 2014-06725]

SecciónV - Administración de Justicia
Rango de LeyEdicto

Demandante: Contrata del Narcea, S.L.

Procuradora: María Consuelo Morales Suárez.

Abogado: Mario Fernández Saiz.

Demandados: Valles Mineros Logística, S.L., Aldesa Construcciones, S.A., Obras Generales del Norte, S.A. (UTE).

Procurador: César Meana Alonso.

Abogada: María José González López.

D.ª Patricia Crespo Arce, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción .º 1 de Langreo,

Doy fe y testimonio: Que en los actos de procedimiento ordinario 0000432/212 consta la sentencia, que en extracto se pasa a transcribir a continuación:

Sentencia: 00020/2014

En Sama de Langreo, a 23 de enero de 2014. Magistrado-Juez que la dicta: Luis Ortiz Vigil.

Demandante: Contratas del Narcea, S.L.

Procuradora: María Consuelo Morales Suárez.

Letrado: Mario Fernández Saiz.

Demandada: Aldesa Construcciones, S.A., Obras Generales del Norte, S.A. UTE.

Procurador: César Meana Alonso.

Letrada: María José González López.

Demandada: Valles Mineros Logística, S.L., declarada en rebeldía.

Objeto: Reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación de Contratas del Narcea, S.L. contra Aldesa Construcciones, S.A.-Obras Generales del Norte, S.A.-UTE y Valles Mineros Logística, S.L. y, en su consecuencia:

  1. —Absuelvo a Aldesa Construcciones, S.A.-Obras Generales del Norte, S.A.-UTE en relación con todas las peticiones efectuadas en su contra y ello con expresa imposición a la parte actora de las costas

  2. — Condeno a Valles Mineros Logística, S.L. a que abone a la demandante la cantidad de 14.233,75 € más los intereses legales devengados conforme a la Ley 3/2004 y ello con expresa imposición a dicha demandada de las costas causadas a la actora no comprendidas en el pronunciamiento 1.° del presente fallo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial y ello mediante la presentación del correspondiente escrito ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes al en que se notifique esta resolución.

Prevéngase a las partes que, conforme determina la Disposición Adicional 15.a de la Ley Orgánica del Poder Judicial, no se dará trámite a recurso alguno cuyo depósito no esté...

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